En vigencia partir del 11 de Febrero del presente año, según Gaceta Oficial Nº
40.846 , la Nueva Unidad Tributaria que pasa de Bs. 150 a Bs 177,00
hay que tener claro que para los casos de los tributos que se liquiden
anualmente, solo será aplicable aquella unidad tributaria que este en
vigencia en por los menos 183 días continuos; es decir, que se debe
aplicar la unidad tributaria de Bs. 150 y en los casos distintos a los
mencionados la que esté vigente para el inicio del periodo, es decir,
que para el mes de Febrero se le aplicara la Unidad tributaria de Bs.
150 y a partir de Marzo será de Bs. 177. para el tipo de tributos que se
liquide mensualmente, bimestral mente, trimestralmente, cuatrimestral o
semestralmente.
Fuente:
http://www.tsj.gob.ve/es/web/tsj/gaceta-oficial#
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2 comentarios:
Buenas noches! Gracias por sus oportunas informacion es y asesorias. Un abrazo!
Buenas noches! Gracias por sus oportunas informacion es y asesorias. Un abrazo!
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