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noviembre 19, 2014

CONOZCA EL DECRETO QUE FIJA EL NUEVO SALARIO MÍNIMO




En G.O. Nº 40.542, de fecha 17 de Noviembre del presente, fue publicado el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 1.431, de que fija el nuevo salario mínimo para los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado, en Bs. 4.889,11 mensual y Bs. 162,97 diarios por jornada diurna, en todo el territorio nacional. Estableciendo el mismo salario para los jubilados y pensionados de la Administración Pública y los pensionados del Seguro Social; así mismo ajusta el salario de los adolescentes aprendices en Bs. 3635,95 mensual y Bs. 121,20 por jornada diurna. A continuación le dejamos la gaceta para su lectura: 



Fuente:
http://www.finanzasdigital.com/2014/11/gaceta-40-542-publican-decreto-de-aumento-de-15-del-salario-minimo/  
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En G.O. Extraordinaria Nº 6.147, fue publicado el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 1.393, de Reforma Parcial de la Ley de Alimentación para los trabajadores y trabajadoras, entrando en Vigencia según disposición transitoria única a partir del 01 de Diciembre del 2014., en dicho decreto se estipula el incremento del beneficio de alimentación de 0,25 unidades tributaria a 0,50 unidades tributarias, para el límite mínimo y para el máximo de 0,50 unidades tributarias pasa ahora a 0,75 unidades tributarias. Establece en su párrafo segundo del artículo 5, que constituirán pruebas del cumplimiento por parte de las entidades de trabajo (se modifica empleador(a) por entidades de trabajo) de las disposiciones de la ley; las facturas, constancias, estados de cuenta informes que expidan o contratos que celebren con las expresas emisoras de tarjetas electrónicas, con las entidades de trabajo, se mantiene el beneficio en función de cada jornada de trabajo laborada; se incrementa de acuerdo con el párrafo cuarto del art. 5 el porcentaje máximo a considerar para el otorgamiento de dicho beneficio cuando se desee exceder el límite máximo y se otorgue a través de tarjetas electrónicas, cupones, tickets o en dinero en efectivo y equivalentes que pasa de 30 % a 40 % del monto que resulte de sumar al salario mensual, el valor de estos. A continuación le dejamos la gaceta para su lectura:  


 Fuente:

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