Bienvenida

Bienvenidos a la Página Web de la Lic. Elizabeth Trías, creada para propiciar la interacción con mis clientes, colegas, amigos, gremio y público en general , con respectos a sus inquietudes, en relación al ámbito que afecta el Ejercicio del Profesional, de la Carrera de Derecho, Contaduría Pública y Administración Comercial. Esperando contribuir de alguna manera a su mejoramiento y a la divulgación del conocimiento jurídico, contable y administrativo, activando un mecanismo de conexión continúa las 24 horas al día con mis apreciados visitantes.

noviembre 10, 2017

EL NUEVO MONTO DEL CESTA TICKET SOCIALISTA YA EN G.O. A PARTIR DE NOVIEMBRE 2017


La Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 41.269, de fecha 01 de Noviembre de 2017, fue publicado el Decreto Nº 3.139 y  el No. 21 en el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica, mediante el cual se incrementa la base de cálculo para el pago del beneficio del CESTA TICKET Socialista, en su artículo 1, en relación a la base de calculo que antes era de 21 unidades tributarias, se modifica y pasa ahora a 31 Unidades tributarias  a razón de 30 días, resultando en Bs. 279.000,00 mensuales, Debiendo el trabajador recibir mensualmente el equivalente en bolivares unas 930 unidades tributarias. sin perjucio de los establecido en el articulo 7, entrando en Vigencia a partir del 01 de Noviembre de 2017.  Así mismo establece en su artículo 3 al 5 :
  • Los empleadores públicos y privados deberán pagar a cada trajador mediante abono a su cuenta nómina y detallar  en el recibo de pago  el monto que resulte por los días laborados, asi como indicando que el mismo es sin incidencia salarial alguna, y en consecuencia no deberá tener deducción sobre éste salvo, que sea expresamente autorizada por el trabajador por concepto de adquisición de bienes o servicio en el marco de los programas y misiones sociales (articulo 3)  
  • Los empleadores públicos y privados que mantienen el pago del beneficio bajo las modalidades de comedores propios o contratados por terceros, por contratación de servicio de comida elaborada, por instalación de comedores comunes o mediante la utilización de comedores administrados por órganos competentes, deberán adicionalmente cancelar el beneficio de forma temporal en efectivo o en cuenta nómina como lo establece el articulo 3.

 A continuación, le mostramos la gaceta para su respectiva lectura:


Fuente:

Gaceta Oficial No. 41.269, fecha 01-11-2017


Temas Relacionados:

REFORMA AL CESTA TICKET SOCIALISTA A PARTIR DEL 01 DE AGOSTO 2016


YA EN G.O. Nº 40.852, DESCUBRA COMO QUEDO EL NUEVO VALOR DEL CESTATICKET SOCIALISTA Y SALARIO MÍNIMO 2016

¿ERES UN CONTRIBUYENTE ESPECIAL?. ESTO TE INTERESA...! NUEVO INSTRUCTIVO SOBRE IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS

No hay comentarios: