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enero 04, 2015

El SNC reforma el Manual de Requisitos de Inscripcion ante el RNC en linea





Haciendo honor al dicho “Errar es de humanos y de Sabios Rectificar”; nos encontramos que en la revisión que nuevamente realizamos del manual de requisitos legales, técnicos y financieros colocado en el portal web del SNC, que el ente público ha rectificado, sus lineamientos relacionados a la presentación de la información financiera, en lo cual podemos destacar que queda a potestad del Contador Público el uso o no del papel de seguridad, así como el visado; por otra parte ya no establecen el modelo de informe, sino que se remiten a mencionar que los mismos deben ser elaborados bajos los parámetros de la normas contables establecidas por  FCCPV, así mismo eliminaron la firma del contador en todas las hojas que incluían hasta los estados financieros; aclaran que la misma solo deberá presentarse en cada hoja del informe presentado por el profesional independiente actuante según el caso, por este lado se eliminan del informe el cuarto párrafo que incluía la declaración jurada del Contador en ejercicio independiente, que debía asumir la responsabilidad administrativa, civil y penal por la información presentada; pero al mismo tiempo impone el anexo de un documento, aparte del informe, que es exactamente la mencionada declaración jurada, pero esta vez solo ciñéndose a que el contador independiente, manifieste que ha planificado y ejecutado su labor bajo los parámetros de las normas contables emitidas por la FCCPV y conforme al referido manual emitido por el RNC y que autoriza a tal órgano público a comprobar tales hechos, en los papeles de trabajo que para tal fin deben existir y su responsabilidad ante su actuación será la que establezca las leyes de la República. Así mismo encontramos como documento anexo una declaración jurada de parte del representante legal y que también debe ser manifiesta por el contador de la empresa, donde ambos certifican que la información financiera presentada han sido revisadas y corresponde fielmente a las operaciones de la empresa, donde además incluyen su huella digital y autorizan al SNC comprobar la veracidad de dicha información. Es importante reseñar que es el Acta de Declaración Jurada y Consignación de Documentos que acompaña la entrega de la documentación digitalizada donde se hace manifiesto por parte del representante legal de la empresa que este asumirá la responsabilidad administrativa, civil y penal por la veracidad y copias fiel del original de la información presentada ante el respectivo órgano. Para finalizar en el portal encontraran, que dicho manual se acompaña con modelos de la forma como deben presentarse los estados financieros. A continuación les dejamos el manual respectivo modificado por el ente competente:



Fuente: 
http://www.snc.gob.ve/rnc/requisitos-de-inscripcion

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octubre 23, 2014

SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES MODIFICA LOS REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE CONTRATISTAS


De acuerdo con la Providencia Admiistrativa Nº DG/2014/A-123 publicada y en vigencia en G.O. Nº40.519. el Servicio Nacional de Contrataciones publico en su página web un manual de requisitos para personas naturales y juridicas, que decidan inscribirse o actualizar sus datos en el sistema en linea del RNC. En este sentido, colocamos a continuación la nota publicada en su portal en relación a esto:


"CAMBIOS De acuerdo con la Gaceta Oficial número 40.519

SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES MODIFICA LOS REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE CONTRATISTAS


De acuerdo con las aclaratorias hechas por la dirección de Registro del SNC, las modificaciones se realizaron en los siguientes aspectos: · Legal, donde se especifican con un mayor nivel de detalle los documentos a consignar en cada caso;
· Técnico, en el que subraya la importancia de las evaluaciones de desempeño en caso de haber tenido contratos previos con el Estado o una copia de la carta donde solicita dicha evaluación pendiente al ente u órgano contratante;
· Financiero, que establece que a partir de hoy los informes de Auditoría se realizarán en papel simple y no se requerirá visado del Colegio de Contadores, pero en pié de cada página los datos del contador público responsable  y en el cuerpo del dictamen, en el último párrafo deberá incluir una declaración jurada dirigida al SNC donde da fe de la veracidad del trámite que está certificando. Con este cambio queda relegado el uso de papel del Colegio de Contadores para este recaudo.

Al respecto, Zobeida Álvarez, directora del RNC, destacó que el cambio más marcado se hizo en lo financiero, dado que en los aspectos técnico y legal siguen siendo los mismos, pero la innovación radica en el nivel de detalle con que se explica la forma de presentar los documentos, con el fin de evitar devoluciones."



A continuación dejamos para la revisión de todos nuestros lectores el respectivo manual:



Fuente:
http://www.snc.gob.ve/noticia/servicio-nacional-de-contrataciones-modifica-los-requisitos-para-el-registro-de-contratistas
http://www.tsj.gov.ve/gaceta/octubre/15102014/15102014-4103.pdf#page=3
http://www.snc.gob.ve/sites/default/files/document/manual-requisitos-rnc.pdf


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