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marzo 27, 2008

ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO


La Economía Social de Mercado fue el principal modelo económico usado en Europa Occidental durante la Guerra fría. Fue implementado originalmente en la República Federal Alemana. En la Alemania Occidental, la Economía Social de Mercado fue planeada e implementada por el Democratacristiano Ludwig Erhard, Ministro de Economía bajo la cancillería de Konrad Adenauer y bajo su propia administración entre 1963 y 1966.
Los defensores del modelo de Economía Social de Mercado sostienen que el mercado en combinación con la propiedad privada de los medios de producción es la forma económica más eficiente pero aseguran que el Estado debe intervenir para corregir las deficiencias y fallos de mercado producto de situaciones de monopolios, oligopolios o cárteles. La Economía Social de Mercado busca ser un punto medio entre algunos aspectos de la socialdemocracia y el capitalismo liberal, y tiene como objetivo el mantener un equilibrio entre un alto índice del crecimiento económico, baja inflación, bajo nivel de desempleo, buenas condiciones laborales, bienestar social, y servicios públicos, por medio del uso de la intervención estatal, oponiéndose de esta forma a la economía centralizada y al laissez-faire capitalista.
En una Economía Social de Mercado, los contratos colectivos de trabajo están frecuentemente organizados a nivel nacional, pero no entre corporaciones, sino entre organizaciones nacionales de empresarios y sindicatos nacionales.
No debe confundirse con el concepto de la economía social ni de los mercados sociales, pues éstos obedecen a diferentes criterios.
Fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Econom%C3%ADa_social_de_mercado

marzo 10, 2008

¿Para quiénes trabajan los departamentos de contabilidad?


¿Quiénes son los responsables de la salud económica de las empresas?

Respuesta: los gerentes.

¿Y quiénes miden la salud económica de las empresas?

Respuesta: los contadores.
Los contadores están allí para suministrarles a los gerentes la información que requieren para que cumplan su tarea vital: mantener saludables las empresas a su cargo.

¿Qué tan bien hacen los contadores su trabajo? ¿Trabajan para la empresa o para quién?

Este es un tema polémico y no necesariamente amable. Al respecto hago las siguientes consideraciones.
Los contadores tienen la responsabilidad de medir el estado de salud económica de las empresas
La herramienta con la cual operan hoy en todo el mundo los departamentos de contabilidad es prácticamente la misma que desarrolló en Venecia el matemático Luca Pacioli hacia el año 1400, cuando el concepto de empresa nada tenía que ver con el de hoy.
Los activos más valiosos de las empresas no son hoy los edificios, la maquinaria, los vehículos ni los inventarios, como lo eran por aquellos tiempos, sino los activos intangibles originados en los conocimientos, en la tecnología propia, en la participación ganada por la empresa en los mercados del mundo, en la cultura empresarial, en el valor de sus marcas, licencias y patentes, en la investigación y desarrollo de nuevos productos.
Las empresas comercializadoras, de investigación y desarrollo de nuevas tecnologías, de consultoría en cualquier campo, las agencias de publicidad, las del sector de las telecomunicaciones, las de internet, para mencionar sólo algunos casos, deben su valor al uso intensivo de capital intelectual y no a los activos tangibles que poseen. Estos cambios, que son de mucho calado, no han significado cambios significativos en la forma como se llevan las contabilidades.
La contabilidad actual no es muy diferente a la que creó Luca Pacioli hacia el año 1400
Un segundo aspecto tiene que ver con la óptica desde la cual se miran las empresas. En la mayoría de ellas se vive la cultura del estado de pérdidas y ganancias. Este es el estado favorito no sólo de los contadores sino de los gerentes. Cuando éstos les solicitan al departamento de contabilidad información sobre las empresas, sin falta lo que reciben es un estado de pérdidas y ganancias, al cual de vez en cuando les anexan el balance general y sólo excepcionalmente el flujo de caja.
Para los contadores, que son las personas más ocupadas de las empresas, es más fácil elaborar el estado de pérdidas y ganancias y el balance general que el flujo de caja. Los dos primeros se producen de manera casi automática a partir del movimiento contable, mientras que el flujo de caja requiere un trabajo adicional.
Los gerentes, por su parte, de tanto trajinarlo, terminan más familiarizados con la estructura del estado de pérdidas y ganancias, lo entienden mejor y a través de él pueden explicar su gestión con más propiedad. Es más fácil, por lo demás, mostrar una buena gestión a través de este estado que a través del flujo de caja, por cuanto éste es mucho más ácido que aquel.
El estado de pérdidas y ganancias sigue siendo el favorito de contadores y gerentes
Por otra parte, aunque uno de los desarrollos tecnológicos más importantes del siglo pasado fue la aparición de los computadores personales, muchos contadores siguen siendo tenedores de libros, dedicados a registrar tardíamente las cifras históricas de la compañía, sin el más mínimo análisis.
En estos días le pedí a una contadora que me explicara la razón de ser de algunas cifras de su empresa. “Usted me está exigiendo que analice la información y ese no es mi trabajo”, me contestó, indignada. Porque muchos contadores se ven como asentadores de documentos, como operadores de datos, no como personas pensantes. No se visualizan como lo que deben ser: los primeros asesores del gerente.
Están más entrenados para manipular cifras que para crear información. Y la diferencia entre ambos conceptos es crucial: la información sirve para tomar decisiones, las cifras no.
Algunos contadores son buenos para producir cifras pero no información
Seguimos llamándolos, y haciéndose llamar, departamentos de contabilidad, no lo que deberían ser: departamentos de información, departamentos de poder o departamentos gerenciales, en cuyo seno deberían cocinarse las decisiones que señalen el futuro de las empresas. Con excepciones muy valiosas, los contadores siguen atornillados al pasado, registrando lo que ya no se puede enmendar.
La responsabilidad de muchos departamentos de contabilidad empieza y termina en la preparación de las declaraciones de renta, de ventas y retención en la fuente, o en el diligenciamiento de los formatos que el sector financiero tiene previstos para aprobar créditos. No están al servicio de la gerencia sino de la administración de impuestos en primer lugar y del sector financiero después.
Fuera de los informes fiscales y de los estudios de crédito, los departamentos de contabilidad producen para el gerente sólo el estado de pérdidas y ganancias y de vez en cuando el balance general, ambos estados históricos y estáticos. Casi nunca preparan un buen flujo de caja proyectado ni se ocupan de calcular el capital de trabajo ni el endeudamiento para que el gerente y la junta directiva estén atentos a sus variaciones. Nunca estiman el valor de la empresa para determinar si está creando o destruyendo riqueza. No hacen estudios sobre asuntos específicos que le permitan al gerente tomar decisiones que mejoren la posición económica de la empresa. No sugieren. No cuestionan. No pesan en las decisiones, cuando son ellos quienes tienen el gran poder de la información. En otros países los contadores son los primeros candidatos a gerenciar las empresas. En los nuestros esto rara vez ocurre.
Cuando el gerente requiere un informe para la junta directiva o para tomar decisiones sobre algún hecho específico, él mismo tiene que hacer el informe o contratar a alguien de otra área de la empresa o a un asesor externo para que lo prepare, pues el personal de contabilidad no sabe cómo hacerlo o está siempre muy ocupado (trabajan día y noche) asentando libros.
Están al servicio de la administración de impuestos o del sector financiero, no de la empresa
De hecho, pocas veces los contadores asisten a las juntas directivas. No se usa invitarlos, lo cual es una paradoja, pues deberían ser ellos quienes conocen mejor que nadie las intimidades de la empresa, su pasado, su situación actual y su destino y deberían ir a las juntas a aportar sus opiniones.
Nuestros contadores rasos carecen de educación financiera. No saben generar riqueza para ellos, para sus familias, ni para la empresa donde trabajan. Un buen contador, igual que un buen banquero, debería avalar su idoneidad profesional con unas robustas finanzas personales. Si aprendieron en la universidad a generar riqueza, deberían aplicar sus conocimientos en sus finanzas personales y familiares.
Pocas veces los contadores son invitados a las juntas directivas
Como consecuencia de lo dicho, a menudo los gerentes desconocen la realidad económica de sus empresas. Tienen sobre su mesa de trabajo un estado de pérdidas y ganancias que muestra utilidades. Esta información los lleva a concluir que la empresa va por buen camino, lo cual puede ser dramáticamente inexacto por cuanto el estado de pérdidas y ganancias no mide el desempeño de los recursos líquidos de la empresa. Aunque aparezcan allí unas suculentas utilidades, puede suceder que la caja sea insuficiente para atender la operación de las empresas.
Los maquillajes
En nuestros países, los estados financieros de las empresas nunca reflejan la realidad del negocio, aunque así lo exija la ley. No la refleja porque sufren varios maquillajes:
Los estados financieros de la empresa sufren un primer maquillaje en la versión que se le presenta a la Administración de Impuestos. Con el propósito de tributar lo mínimo, al departamento de contabilidad se le exige que reduzca o haga desaparecer las utilidades.
Un buen contador debe ser próspero porque se espera que esté entrenado para generar riqueza
Un segundo maquillaje busca hacer presentables los resultados de la empresa frente al sector financiero. Este nuevo maquillaje debe mostrar una empresa pujante, fuerte patrimonialmente, generadora de riqueza y con liquidez suficiente para atender su endeudamiento, exactamente lo contrario de lo que busca el maquillaje fiscal.
Un tercer maquillaje busca mostrarles a los dueños de la empresa unos resultados que resalten la gestión del gerente. Pero cuando el gerente es al mismo tiempo socio de la empresa, el maquillaje busca lo contrario: reducir las utilidades para que no lo obliguen a repartirlas en la asamblea o en la junta de socios.
Estos maquillajes hacen que muchas empresas lleven dobles y triples contabilidades, lo cual encarece, complica y oscurece el manejo de la información.
¿Dónde está la verdad del negocio? En algún lugar, no expresado en ninguno de los informes que recibe la gerencia o que reciben los dueños.
Los estados financieros nunca reflejan la realidad del negocio
Estas prácticas producen un primer efecto perverso: valorizan a los contadores más habilidosos en maquillar informes, vale decir, en distorsionar la realidad de la empresa, lo contrario para lo cual fueron contratados. Y producen un segundo efecto perverso: despistan de tal manera al gerente que lo obligan a desconocer el trabajo de los contadores y a conducir su empresa de oído, como los músicos que dan serenatas.
En los términos señalados antes, algunos departamentos de contabilidad son demasiado costosos para la empresa en relación con sus beneficios. Esta es, sin duda, la razón por la cual cada vez más empresas prefieren manejar su información por outsourcing, esto es, por especialistas externos, que no pertenezcan a la nómina de la empresa y cuyo costo tenga una estrecha relación con el volumen de información que produzcan, no con la que procesen.
Los departamentos de contabilidad siguen manejando el concepto de información al día, con un significado muy curioso: la expresión significa que los estados financieros de la empresa, debidamente maquillados e indescifrables, estarán a disposición de la gerencia ¡en la segunda o tercera semana del mes siguiente!
¿Por qué se sigue hablando de cierre contable?
¿Qué sentido tiene esperar al último día hábil del mes para cerrar los libros contables?
¿Hay algo más anacrónico que esto? Después de digitar cada documento la información debe quedar cerrada y disponible para ser utilizada en la toma de decisiones gerenciales. Vivimos la era del tiempo real. ¡Para algo tienen que servir los computadores!
Pocos documentos son tan inútiles como las remisiones
Ya es hora también de que se destierre de las empresas la remisión como documento de entrega y recepción de mercancía. Este documento sólo sirve para congestionar el manejo de los inventarios y para atiborrar los archivos con papeles inservibles. La remisión duplica la información que contiene la factura, ¿para qué entonces dos documentos iguales? La factura, viajando en el mismo paquete que la mercancía, es un documento suficiente para cumplir todos los propósitos de una transacción comercial.
Los estados financieros no reflejan el costo real de los pasivos. ¿Dónde aparece el costo de los pasivos con los proveedores? ¿Y con los dueños de la empresa? Por otro lado, ¿dónde aparecen las indemnizaciones? ¿Dónde aparecen los egresos que causa la logística?
Si una porción importante de los pasivos es con los proveedores, ¿ese pasivo no tiene algún costo para la empresa? En realidad, los créditos con los proveedores son muy costosos. Casi siempre son los más costosos de todos los pasivos. La explicación es muy sencilla. ¿Qué descuentos tendría la empresa si contara en caja con los recursos para cancelar de contado las compras de materias primas e insumos? ¿Un 10%? ¿Un 15? ¿Un 20? Algo parecido a esas cifras, sin duda. Este descuento es por consiguiente el costo de no disponer del dinero para cancelar de contado las facturas de los proveedores. Es el precio de la iliquidez. Es un egreso de oportunidad que afecta el estado económico de las empresas, pues no es lo mismo disponer de recursos que carecer de ellos. La capacidad negociadora que se deriva de la liquidez, sobra decirlo, es formidable.
Los créditos con los proveedores son los más costosos de todos, y casi nunca los refleja la contabilidad
Otro tanto hay que decir del capital que aportan los dueños de las empresas. Ellos esperan una retribución sobre su inversión por encima de la que obtendrían en el mercado de capitales. Esta retribución debe registrarse en la contabilidad. He ahí otro egreso de oportunidad que afecta los resultados de las empresas.
¿Y dónde se muestra el pasivo contingente tan apreciable que se origina en la indemnización de los trabajadores vinculados a través del Código Sustantivo del Trabajo? No se ve por ninguna parte y a todos los empresarios les consta la magnitud de esta cifra cuando se llega el momento de cancelarla.La logística es una fuente inagotable de egresos. Es el costo del transcurso del tiempo, de la ineficiencia y de la improductividad. ¿En cuál renglón de los estados financieros aparece este concepto?
La logística genera unos egresos incalculables que no se registran
Coletillas
Algunos gerentes conducen sus empresas sin enterarse de los cambios que suceden en el entorno y eso es muy grave. Es como si un conductor se empecinara en manejar su vehículo con los vidrios pintados de negro. Pero es también muy grave que desconozcan lo que sucede internamente. Es como si un conductor se empecinara en manejar su vehículo con todas las señales del tablero apagadas.
Uno de los dos factores infaltables en las crisis empresariales es la carencia de una información oportuna, suficiente, confiable y bien presentada. A veces abundan las cifras, hay que reconocerlo, pero no la información para tomar decisiones. Las cifras se registran, pero no se utilizan. Sigue, digo yo, prevaleciendo la contabilidad antigua, conocida como teneduría de libros. Cuando han sucedido tantos cambios tecnológicos no ha sucedido todavía el cambio mental.


Autor:Alvaro Marín-Hoyos - Crisisólogo *Tomado de www.crisisologia.com .Fuente:http://www.actualicese.com/expertos/2008/03/06/para-quienes-trabajan-los-departamentos-de-contabilidad/

Preguntas frecuentes de IMPUESTO SOBRE LA RENTA


¿Cuánto debe haber obtenido una persona jurídica durante el año 2007 para estar en la obligación de declarar ISLR?

De acuerdo con lo previsto en la ley, están obligados a presentar la declaración definitiva de rentas: Las personas jurídicas domiciliadas en Venezuela por sus enriquecimientos mundiales (Enriquecimiento Neto Territorial más el Enriquecimiento Neto Extraterritorial), o pérdidas, cualquiera sea el monto de los mismos; Las personas jurídicas o entidades domiciliadas en el extranjero solo por sus enriquecimientos netos de fuente territorial (Rentas obtenidas en Territorio venezolano); Las personas jurídicas o entidades domiciliadas en el extranjero con establecimiento permanente en Venezuela por sus enriquecimientos territoriales y extraterritoriales atribuibles al establecimiento permanente.

¿Los montos que reflejen las cantidades a enterar se deben indicar en la planilla de la declaración en bolívares fuertes o en unidades tributarias?

Los valores deberán expresarse en bolívares fuertes.

¿En donde debe presentarse la declaración y efectuarse el pago del impuesto? La declaración puede presentarse electrónicamente a través de la página http://www.seniat.gov.ve/, o a través de los formularios DPN – 25 o DPJ – 26, en cualquier oficina receptora de fondos nacionales, a saber las entidades bancarias autorizadas: Banco Central de Venezuela, Banco Confederado, Banco de Venezuela, Banco Exterior, Banco Federal, Banco Industrial de Venezuela, Banco Nacional de Crédito, Banco Occidental de Descuento, Banco Provincial, Banco Sofitasa, Banesco, C. A. Central Banco Universal, Citibank, Corp Banca, Fondo Común, Banco Guayana, Banfoandes, Mercantil. En caso que se efectúe la declaración por vía electrónica, el contribuyente podrá optar entre pagar electrónicamente o imprimir la planilla de pago generada por el sistema y presentarla para efectuar el pago en cualquier oficina de receptora de fondos nacionales. Los bancos autorizados para recibir los pagos electrónicos son los siguientes:

1-.Banco Industrial de Venezuela: www.biv.com.ve

2-.Banco Mercantil: http://www.bancomercantil.com/

3-.Banco De Venezuela: http://www.bancodevenezuela.com/

4-.Banco Occidental de Descuento: http://www.bodinternet.com/


6-.Banco provincial: wwww.provincial.com

¿Qué forma se debe utilizar para pagar las porciones del Impuesto Sobre la Renta?

Las diferentes porciones deben pagarse a través de las planillas de pago emitidas por el portal fiscal, si la declaración se realizó a través de las formas manuales se deberá utilizar la Forma 02, que puede adquirirse en las oficinas de IPOSTEL.

¿Los cónyuges declaran en forma individual o en forma conjunta?

Los cónyuges no separados de bienes deberían declarar conjuntamente todos su enriquecimientos, como si fuesen un solo contribuyente, salvo cuando la mujer casada opte por declarar por separado las rentas obtenidas por concepto de sueldos u honorarios profesionales provenientes del libre ejercicio. Ahora bien, los cónyuges separados de bienes deben declarar por separado. (Fundamento Legal Art. 80 LISLR)

¿Quiénes están obligados a presentar junto con su declaración definitiva de rentas la declaración informativa de inversiones en jurisdicción de baja imposición fiscal?

En concordancia con el régimen de renta mundial, los contribuyentes que durante el ejercicio hayan realizado o mantengan inversiones en jurisdicción de baja imposición fiscal, deberán presentar conjuntamente con su declaración definitiva de rentas de cada año, ante la Oficina de la Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal (Gerencia General de Tributos Internos), una declaración informativa sobre dichas inversiones, acompañados de los estados de cuenta por depósitos, ahorros o cualquier otro documento que respalde la inversión. (Fundamento legal Art. 107 de la LISLR)

¿Las asociaciones cooperativas deben declarar el Impuesto sobre la Renta o están exentas de este deber?

Las asociaciones cooperativas sí deben presentar su declaración definitiva de rentas, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento General de la Ley de Impuesto sobre la Renta, los beneficiarios de las exenciones establecidas en el artículo 14 de la ley deberán cumplir con las obligaciones y deberes formales previstos para los contribuyentes. Igualmente, podrán ser objeto de fiscalización. Ahora bien, está declaración será solo a fines informativos, toda vez que las cooperativas gozan de una exención del pago del impuesto. (Fundamento Legal Art. 22 Reglamento LISLR)

¿Los asociados cooperativistas (personas naturales) deben presentar declaración definitiva de rentas?

Los asociados cooperativistas que sean residentes en el país, y que obtengan unenriquecimiento global neto anual durante el ejercicio fiscal superior a 1.000 U.T. oingresos brutos mayores a 1.500 U.T. deben presentar su declaración definitiva de rentas correspondiente y efectuar el pago de impuesto en caso de ser procedente.

¿Las sociedades de personas están obligadas a presentar declaracióndefinitiva de rentas?

Sí, las sociedades de personas aún cuando no están sujetas al pago del impuesto porsus enriquecimientos netos, en razón de que el gravamen se cobrará en cabeza de lossocios, pero están sometidas al régimen de la Ley para la determinación de susenriquecimientos. ( Fundamento Legal Art. 10 LISLR)

¿Las utilidades y los bonos por vacaciones se deben incluir como enriquecimientos en declaración?

Sí. Las utilidades, bonos por vacaciones y cualquier otra remuneración recibida durante el año con ocasión del trabajo bajo relación de dependencia, deben ser considerados como enriquecimientos a los fines de la declaración de impuesto sobre la renta. Solamente se considerarán exentos de este impuesto los bonos de cajas de ahorros. (Fundamento Legal numeral 8 del Art. 14 de LISLR).

¿Es posible que una persona natural pueda deducir las donaciones efectuadas en el ejercicio?

Las personas naturales que trabajan bajo relación de dependencia, no tienen la posibilidad de efectuar deducciones de ningún tipo, puesto que sus sueldos y salarios se consideran como enriquecimiento neto. En cambio, las personas naturales comerciantes o las que se desempeñen en el libre ejercicio de sus profesiones sí pueden deducir de su renta bruta las donaciones efectuadas, de acuerdo con lo establecido en los Parágrafos 12 y 13 del artículo 27 de la Ley de ISLR vigente. Para ello, estas liberalidades deberán hacerse en cumplimiento de fines de utilidad colectiva y de responsabilidad social, o a favor de la Nación, los Municipios y los Institutos Autónomos y deberán perseguir objetivos benéficos, asistenciales, religiosos, culturales, docentes, artísticos, científicos, de conservación, defensa y mejoramientos del ambiente, tecnológicos, deportivos o de mejoramiento de los trabajadores urbanos o rurales. La deducción de las donaciones procederá sólo en los casos en que el beneficiario esté domiciliado en el país. (Fundamento legal Parágrafo 12 y 13 del Art. 27 LISLR)

En caso que una persona natural no obtenga el monto mínimo anual para estar obligado a declarar impuesto sobre la renta -1.000 U.T de enriquecimiento neto o 1.500 U.T. de ingresos brutos- ¿de qué documento puede valerse para demostrar que no es contribuyente? Anteriormente, los contribuyentes que no alcanzaban el monto anual de renta neta o de ingresos brutos exigido, tramitaban ante el SENIAT una Constancia de No Contribuyente, con el objeto de certificar su condición de no obligado a cumplir con ese deber formal. Sin embargo, a partir del año 2000, y siguiendo los lineamientos esbozados en la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, el ente tributario eliminó la expedición de dicha constancia, haciendo recaer en manos del interesado la comprobación de sus ingresos por cualquier documento que sirviera a tales fines, como la constancia de pagos de su patrono, una certificación de ingresos emitida por un Contador Público, una declaración jurada o un balance personal.

¿ Puedo efectuar modificaciones de declaraciones de ISLR, elaboradasvia web del SENIAT ?

Existen dos casos para modificar las declaraciones de ISLR, efectuadaselectrónicamente, enunciados a continuación: • Al constatar un error en la declaración de Impuesto sobre la Renta via portalSeniat y toda vez de no haberse efectuado el pago correspondiente, es posiblesolicitar la anulación de dicha declaración, enviando un email a la direcciónanulaciones@seniat.gov.ve, indicando datos tales como Nombre o Razón Social,RIF, Número de Declaración a ser eliminada, Forma o tipo de Impuesto, Montoy Período de pago, luego de ser tramitada la respectiva anulación se deberáproceder nuevamente a declarar. • Al percatarnos de errores en la planilla de declaración del ISLR,posteriormente de haberse efectuado el pago correspondiente, es posibleelaborar otra declaración via web del SENIAT, sustitutiva.


febrero 21, 2008

SENIAT busca mayor efectividad en la declaración del ISLR en Aragua, Carabobo y Cojedes







La Gerencia de Tributos Internos Región Central, a través de la División de Asistencia al Contribuyente, organizó una serie de charlas dirigida a funcionarios adscritos a todas las divisiones, unidades y sectores para definir criterios en función de hacer más efectiva la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta (ISLR)
Los eventos se realizaron en las ciudades de Valencia, Maracay y San Carlos, en el marco del Plan Evasión Cero y el proceso de revisión, rectificación y reimpulso que viene implementando el Gobierno Bolivariano de Venezuela.
Este tipo de charlas se efectúan con el fin de que cada uno de los funcionarios puedan brindar la orientación adecuada y oportuna al momento de su participación en todos los operativos de divulgación tributaria en Carabobo, Cojedes y Aragua.

febrero 09, 2008

Derogadas las Providencias Administrativas 0083 y 0085






















El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria abre sus horizontes a las Personas Naturales y Personas Jurídicas para que declaren y paguen de forma masiva el Impuesto sobre la Renta (ISLR)El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria abre sus horizontes a las Personas Naturales y Personas Jurídicas para que declaren y paguen de forma masiva el Impuesto sobre la Renta (ISLR)
Ahora el SENIAT, en concordancia con los conceptos de Revisión, Rectificación y Reimpulso, ofrece a los contribuyentes la posibilidad de cumplir con su deber revolucionario a través del Portal Fiscal del organismo aduanero y tributario (http://www.seniat.gov.ve/) y por medio de planillas distribuidas a nivel nacional.
Esta decisión quedó ratificada mediante la Providencia Administrativa 0138 publicada en Gaceta Oficial N° 38.865 del jueves 7 de febrero de 2008, que deroga la Providencia Administrativa 0083, que establecía la obligatoriedad para Personas Naturales y Personas Jurídicas, de efectuar la declaración definitiva del Impuesto sobre la Renta (ISLR), a través del portal del SENIAT.
De igual manera, el SENIAT en la Gaceta Oficial N° 38.865 publicó la Providencia 0137 que deroga la norma 0085 publicada en la Gaceta Oficial N° 38.864 de fecha 06 de febrero de 2008, “mediante la cual se regulan los días de acceso al Portal Fiscal para efectuar la declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2007”
Las nuevas autoridades del SENIAT están programando los lugares donde se realizarán los operativos especiales para facilitar la declaración y pago de este tributo, cuyo plazo vence el próximo 31 de marzo de 2008. El SENIAT recuerda a los contribuyentes que el proceso de declaración y pago del ISLR es totalmente gratuita.

providencias 0137 y o138: http://mail.google.com/mail/?ui=1&realattid=f_fcgoii21&attid=0.1&disp=vah&view=att&th=1180035db92be53d

providencias derogadas 0o83 y 0085: http://mail.google.com/mail/?ui=1&realattid=f_fcgny717&attid=0.1&disp=safe&view=att&th=1180026b673ea68b

Fuente:http://www.seniat.gov.ve/portal/page?_pageid=62,65032&_dad=portal&_schema=PORTAL

enero 30, 2008

Comunidades Organizadas coadyuvarán a verificar deberes formales


Resolución 426.07 SENIAT


En la Gaceta Oficial número 38.840, de fecha 28 de diciembre de 2.007 ha sido publicada la Resolución número 426.07; del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas: por la cual se dispone que las comunidades organizadas, podrán coadyuvar gratuitamente con el SENIAT, en el ejercicio de las facultades de verificación de deberes formales conforme a lo dispuesto en el Código Orgánico Tributario.
Sólo tendrán facultades de verificación de deberes formales las comunidades formales que cumplan con las condiciones y requisitos que el SENIAT establezca en su Portal Web (http://www.seniat.gob.ve/).
Dado que la providencia no hace referencia a un impuesto en particular, la verificación puede extenderse a cualquier cargo impositivo, la cual consistiría en requerir la información de la misma a los contribuyentes y sustanciar los correspondientes expedientes administrativos. Sin embargo sólo las Divisiones de Fiscalización de las gerencias Regionales de Tributos Internos tienen la Facultad de imponer sanciones.





DECLARACIONES Y PAGO DE TRIBUTOS


¿Se pueden pagar los tributos nacionales a través de cheques?


Sí, el pago de tributos nacionales se puede hacer a través de cheques:

Con cheques de gerencia emitidos a favor de la “Tesorería Nacional”;
Con cheques personales, siempre que el pago se haga en el mismo banco al cual corresponda la cuenta del cheque, igualmente a nombre de “Tesorería Nacional”;



Sí, el Código Orgánico Tributario establece en su artículo 147, que las declaraciones pueden ser modificadas espontáneamente, siempre y cuando no se hubiere iniciado el procedimiento de fiscalización y determinación previsto en el Código, o sea generada a raíz de denuncias u observación de la Administración. No obstante, la presentación de dos (2) o más declaraciones sustitutivas, o la presentación de la primera declaración sustitutiva después de los doce (12) meses siguientes al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración sustituida, es sancionada con multa de cinco unidades tributarias (5 U.T.), la cual se incrementará en cinco unidades tributarias (5 U.T.) por cada nueva infracción hasta un máximo de veinticinco unidades tributarias (25 U.T.).



La presentación extemporánea de la declaración constituye incumplimiento de un deber formal, por lo cual está sujeta a la posterior aplicación de una multa de cinco unidades tributarias (5 U.T.), la cual se incrementará en cinco unidades tributarias (5 U.T.) por cada nueva infracción, hasta un máximo de veinticinco unidades tributarias (25 U.T.); así como a la liquidación de intereses moratorios, si hubiere lugar.
No obstante, en caso de que se presente la declaración extemporáneamente, el banco no se negará a recibirla, ni hará ninguna liquidación de sanciones o accesorios; éstos serán determinados por la Administración Tributaria en el curso de una fiscalización o revisión posterior.
Este incumplimiento está sancionado en el artículo 103 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.305 del 17 de octubre de 2001.



Los bonos de la deuda pública pueden ser utilizados para la cancelación de los tributos nacionales después que estén vencidos. Se exceptúan a estos efectos las retenciones, el impuesto generado por la Comisión Nacional de Casinos y el cincuenta por ciento (50%) de la tasa por servicios de aduana.
Los bonos de exportación (emitidos por el Banco de Comercio Exterior), y certificados de reintegro tributario (CERT), pueden ser utilizados antes de su vencimiento.
Los bonos de la deuda pública, bonos de exportación y CERT, emitidos en custodia electrónica (depositados en cuenta del Banco Central de Venezuela o banco custodio autorizado), deben ser presentados ante el Banco Industrial de Venezuela, a los fines del pago de impuestos nacionales. En el caso de bonos de la deuda pública emitidos en físico (título valor), deben ser presentados ante el Banco Central de Venezuela, a los fines del pago de impuestos nacionales; y los bonos de exportación y CERT emitidos en físico, pueden ser presentados ante cualquier oficina receptora de fondos nacionales (banco recaudador).


¿Dónde se pueden adquirir las planillas para la declaración y el pago de los tributos nacionales?
Las formas requeridas para la declaración y el pago de los diferentes tributos nacionales están a la venta en las oficinas de IPOSTEL de todo el país.