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febrero 09, 2008

Derogadas las Providencias Administrativas 0083 y 0085






















El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria abre sus horizontes a las Personas Naturales y Personas Jurídicas para que declaren y paguen de forma masiva el Impuesto sobre la Renta (ISLR)El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria abre sus horizontes a las Personas Naturales y Personas Jurídicas para que declaren y paguen de forma masiva el Impuesto sobre la Renta (ISLR)
Ahora el SENIAT, en concordancia con los conceptos de Revisión, Rectificación y Reimpulso, ofrece a los contribuyentes la posibilidad de cumplir con su deber revolucionario a través del Portal Fiscal del organismo aduanero y tributario (http://www.seniat.gov.ve/) y por medio de planillas distribuidas a nivel nacional.
Esta decisión quedó ratificada mediante la Providencia Administrativa 0138 publicada en Gaceta Oficial N° 38.865 del jueves 7 de febrero de 2008, que deroga la Providencia Administrativa 0083, que establecía la obligatoriedad para Personas Naturales y Personas Jurídicas, de efectuar la declaración definitiva del Impuesto sobre la Renta (ISLR), a través del portal del SENIAT.
De igual manera, el SENIAT en la Gaceta Oficial N° 38.865 publicó la Providencia 0137 que deroga la norma 0085 publicada en la Gaceta Oficial N° 38.864 de fecha 06 de febrero de 2008, “mediante la cual se regulan los días de acceso al Portal Fiscal para efectuar la declaración del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2007”
Las nuevas autoridades del SENIAT están programando los lugares donde se realizarán los operativos especiales para facilitar la declaración y pago de este tributo, cuyo plazo vence el próximo 31 de marzo de 2008. El SENIAT recuerda a los contribuyentes que el proceso de declaración y pago del ISLR es totalmente gratuita.

providencias 0137 y o138: http://mail.google.com/mail/?ui=1&realattid=f_fcgoii21&attid=0.1&disp=vah&view=att&th=1180035db92be53d

providencias derogadas 0o83 y 0085: http://mail.google.com/mail/?ui=1&realattid=f_fcgny717&attid=0.1&disp=safe&view=att&th=1180026b673ea68b

Fuente:http://www.seniat.gov.ve/portal/page?_pageid=62,65032&_dad=portal&_schema=PORTAL

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