En G.O. Nº 40.965, fue publicado el Decretos Nº 2.430 y No. 21 en el Marco del Estado de Excepción y Emergencia Económica; donde se reforma el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Nº 2.066, de la Ley de CESTA TICKET Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras, en su artículo 7, en relación al monto mínimo y máximo para el beneficio de alimentación que antes era de 2,5 Unidades tributarias a razón de 30 días, resultando en Bs. 13.275,00 mensuales y un máximo de 45 unidades tributarias, resultando en Bs. 398.250,00 mensuales y ahora pasa a ser de 8 unidades tributarias a razón de 30 días, resultando en Bs. 42.480,00 mensuales y un máximo de 240 unidades tributarias, resultando en Bs. 1.274.400,00 mensuales; entrando en Vigencia a partir del 01 de Agosto de 2016. Es importante resaltar que las demás disposiciones contenidas, en la Ley del Cestaticket Socialista, siguen vigente razón que no sufrieron ninguna reforma. A continuación le mostramos la gaceta para su respectiva lectura:
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