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julio 30, 2013

DECLARACIÓN SUCESORAL EN LINEA


De acuerdo con la providencia administrativa Nº SNAT/2013/0050, según G.O. Nº 40216, en vigencia a partir del 29/07/2103 los beneficiarios de herencias y legados, están obligados a declarar electrónicamente sus declaraciones de impuesto sobre sucesiones, así como sus sustitutivas en caso de que lo hubiere, siguiendo las especificaciones técnicas establecidas en el instructivo colocado en el portal del SENIAT. Una vez hecha la declaración se deberá presentar los recaudos correspondientes, ante las oficinas de las Gerencias Regionales de Tributos Internos, del domicilio fiscal correspondiente, para que la administración tributaria verifique y emita el certificado de solvencia o liberación.
Por otra parte en el caso de impuesto sobre donaciones continuara presentándose de forma manual con el formulario ya preexistente.



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