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diciembre 08, 2008

CUAL SERIA LA BASE MINIMA Y MAXIMA DE SALARIOS PARA EL CALCULO DE LAS COTIZACIONES PRESTACIONALES



La base de salario para el cálculo de las cotizaciones prestacionales, la encontramos en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social en su articulo 116 que expresa lo siguiente:


"La base contributiva para el cálculo de las cotizaciones, tendrá como límite inferior el monto del salario mínimo obligatorio y como límite superior diez salarios mínimos, los cuales podrán ser modificados gradualmente conforme a lo establecido en las leyes de los regímenes prestacionales. Para la base de las cotizaciones del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, se establece únicamente el salario mínimo obligatorio como límite inferior, a fin de no excluir de este régimen a los trabajadores que superen los diez (10) salarios mínimos como ingreso mensual"

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