tag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post4287138123771125802..comments2023-10-05T12:52:49.960-04:00Comments on estrellasdelpacíficosur_Elizabeth Trías: EN VIGENCIA NUEVA UNIDAD TRIBUTARIAELIZABETH TRIAShttp://www.blogger.com/profile/11937819651322499933noreply@blogger.comBlogger8125tag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-18944073215989416452012-04-09T15:00:25.880-04:302012-04-09T15:00:25.880-04:30hola marco en relación a tu pregunta te sugiero re...hola marco en relación a tu pregunta te sugiero revises mi publicacion del dia febrero 14, 2011<br />SE DEBE OTORGAR EL BENEFICO DE CESTA TIKEST EN VACACIONES? en esa ocación cite una resolucion emanada de la Consultoría Juridica del Ministerio del trabajo, en la cual alegan que la unica forma de no pagar el beneficio de cesta tiket, es cuando para un trabjador no existan, causas justificada a la falta laboral, lo que significa que si el solicito un permiso y fue otorgado o esta de reposo o de vacaciones se le debe pagar ese beneficio.ELIZABETH TRIAShttps://www.blogger.com/profile/11937819651322499933noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-52528061176166745662012-04-09T10:24:51.024-04:302012-04-09T10:24:51.024-04:30Buenos Dias Licenciada
como se debe pagar el bono...Buenos Dias Licenciada<br /><br />como se debe pagar el bono de alimentacion??? por dia trabajando?? como se cataloga el dia trabajado, por ejm si esta de reposo se paga, si falta un dia se paga o no?? tengo duda y muchos criterios al respecto, gracias y espero su respuestamarcoshttps://www.blogger.com/profile/12034946447146583630noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-23762942744814837352012-03-21T20:58:20.317-04:302012-03-21T20:58:20.317-04:30Para el pago del bono alimentacion en el mes e feb...Para el pago del bono alimentacion en el mes e febrero se debio utilizar ambas unidades tributarias ya que se paga por dia laborado y segun la unidad tributaria vigente para el momento, es decir del 01 al 15 de febrero con la UT Bs 76 y del 16 al 29-02 con la unidad tributaria de Bs 90ELIZABETH TRIAShttps://www.blogger.com/profile/11937819651322499933noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-83640851860870518202012-03-19T15:34:39.155-04:302012-03-19T15:34:39.155-04:30Para el pago del Bono alimentario, en el mes de fe...Para el pago del Bono alimentario, en el mes de febrero, debió pagarse a 90 Bs. F o 76 Bs.F ?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-65761299495277987082012-03-02T19:59:45.304-04:302012-03-02T19:59:45.304-04:30lo que tienes que tener claro que cuando se trata ...lo que tienes que tener claro que cuando se trata de faltas no se estudia lo eventual o no de ellas sino que se cometio, eso es como si un cotribuyente que siempre paga el I.V.A. deja de pagarlo un mes, no importa que lo pago siempres ya cometio un ilicito tributario y eso tiene su sancion. Ahora en tu caso si la falta esta sancionada por el reglamento en unidad tributaria y no establece los 183 días debes aplicar la vigente para el momento de sancionar, es decir que si fue el 28-02 la de Bs. 90.ELIZABETH TRIAShttps://www.blogger.com/profile/11937819651322499933noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-46982316181979874632012-03-02T09:38:36.328-04:302012-03-02T09:38:36.328-04:30Pertenezco a una sociedad civil que utiliza la uni...Pertenezco a una sociedad civil que utiliza la unidad tributaria para multar las faltas al reglamento, si por ejemplo, una persona comete una falta que amerita sansión el día 28 de febrero que unidad tributaria debo utilizar, la naterior o la actual. la falta es de frecuencia ocasional y lo que esta establecido en el reglamento es el pago de unidades tributarias por faltas sin contemplar explicitamente los 183 dias.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-70132121156695967272012-03-01T17:14:18.915-04:302012-03-01T17:14:18.915-04:30no esta muy clara tu pregunta, voy a tratar de res...no esta muy clara tu pregunta, voy a tratar de responderte, me imagino que te refieres, que firmastes un contrato con yuna persona que te prestara un servicio y que el mismo establece que el pago del servicio sera en unidades tributarias, si es asi, lógicamente la razón de colocar esto en una clausula, es porque la persona que realizo el contrato quiere protegerse de la inflación y como la unidad tributaria aumenta tomando en cuenta la misma, la idea entonces es que si no se paga en su momento, verse protegido de alguna manera de los efectos de la inflacion y lógicamente pagaras a la unidad tributaria que este vigente al momento del pago, a menos que el documento exprese que sea la que tenga 183 dias de vigencia y siendo así pagaras con la anterior.ELIZABETH TRIAShttps://www.blogger.com/profile/11937819651322499933noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1189954314943519172.post-48964318744831478162012-03-01T15:00:42.604-04:302012-03-01T15:00:42.604-04:30Es el caso que hoy 01 de Marzo de 2012 tengo una d...Es el caso que hoy 01 de Marzo de 2012 tengo una deuda con una institución, y esa deuda esta sujeta a la unidad tributaria, si cancelo hoy mi deuda, debo ajustarla al nuevo precio? o aun puedo pagar con el precio anterior..Anonymousnoreply@blogger.com